El Arraigo para la Formación es el último permiso de residencia que se ha introducido a través de una reforma del Reglamento de Extranjería. En este artículo te explicamos qué necesitarías para conseguirlo:
Requisitos:
  • No ser ciudadano UE.
  • No tener antecedentes penales.
  • No tener prohibida entrada en España ni encontrarse en situación de no retorno a España.
  • Haber permanecido de forma continuada al menos 2 años.
  • Comprometerse a realizar una formación: 1. Reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria. 2. En el ámbito de la formación permanente de las universidades, comprometerse a la realización de cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales, así como de otras enseñanzas propias de formación permanente. 3. A estos efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.
  • Abono de la tasa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Publicar comentario